Ihesus en Medina del Campo, a 14 de noviembre de 1493
Pagad por esta primera de cambio a veynte días del mes de abril primero que viene a Alemán y Xaqsiome Salviatis quinientos ducados de oro, e en oro e de peso largos, por la balor aquí resçebidos de Llorençio Vertýn, e al tiempo hacedle buen pago que estoy obligado al cambio y recambio. Digo quinientos ducados de oro e en oro de peso largos. Sea Dios con todos.
Tristán de Sahagund
A mi señor primo Gregorio de Escobar. En Florençia.
ARCHV, PL CIVILES, MORENO (OLV), CAJA 949,2
Muchos mercaderes extranjeros que acudían a Castilla se veían obligados a viajar con dinero en metálico para llevar a cabo sus negocios. Los peligros que acechaban en el viaje y el desarrollo de las técnicas mercantiles y financieras promovieron la aparición de un instrumento que les permitió movilizar importantes cantidades y evitar asaltos y robos: la letra de cambio.
Desde su aparición en Italia en el siglo XIII, este instrumento se extendió a otras regiones del Mediterráneo. En Castilla, tenemos constancia de su uso durante el siglo XV, y los documentos más antiguos preservados y conocidos hasta el momento se custodian en el archivo de la Real Chancillería de Valladolid. Las letras de cambio permitieron movilizar capital entre Castilla y diversos centros comerciales europeos, como Florencia, Brujas o La Rochelle, pero también entre centros castellanos como Medina del Campo, Sevilla, Burgos o Segovia, a partir del giro u orden de pago contenida en la letra.
El funcionamiento de una letra de cambio era el siguiente: un mercader recibía una cantidad de dinero de un prestamista. Para proceder al pago, giraba una letra de cambio, convirtiéndose en el librador. En la letra se especificaba a favor de quién se expedía, es decir, el mercader que tomaba la letra –tomador– y el mercader que debía presentarla para cobrar la cantidad indicada –beneficiario–. Estas dos figuras podían coincidir, como en el caso de esta letra. Por último, la letra era presentada para su pago ante el librado, un agente que mantenía un vínculo con el librador y disponía de capital con el que realizar el pago en la ciudad y en la fecha indicadas.