Realizada la adjudicación, por Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera.
Este nombramiento se publicará, en todo caso, en el Boletín Oficial del Estado y establecerá el plazo para la toma de posesión.
También se podrá publicar en la página web del Ministerio de Cultura .
Publicado el nombramiento en el Boletín Oficial del Estado, los funcionarios de carrera deberán tomar posesión del puesto adjudicado, en el plazo establecido y en los lugares indicados en dicho nombramiento y se prestará en ese momento acto de acatamiento de la Constitución, y en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente, y del resto del Ordenamiento jurídico.
De acuerdo con el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, a los aspirantes que hayan participado por el turno de promoción interna se les puede adjudicar destino en el Ministerio u Organismo en el que estuvieran destinados, bien en el puesto que vinieran desempeñando o en otros puestos vacantes dotados presupuestariamente existentes en el municipio, siempre que sean de necesaria cobertura y se cumplan los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo. Esto está supeditado a que el interesado esté conforme y así lo solicite, a que lo proponga el Ministerio u Organismo en el que estuviera destinado el funcionario y que lo autorice el Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Si se optase por permanecer en el puesto de trabajo o se aceptase una vacante, quedaría excluido de la oferta de destinos.
A partir de ese momento, el resto del procedimiento sigue los mismos trámites explicados anteriormente.