4.8. ¿Cuándo se realiza el nombramiento?

Realizada la adjudicación, por Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera.

Este nombramiento se publicará, en todo caso, en el Boletín Oficial del Estado y establecerá el plazo para la toma de posesión.

También se podrá publicar en la página web del Ministerio de Cultura Nueva ventana.

¿Y después de la publicación del nombramiento?

Publicado el nombramiento en el Boletín Oficial del Estado, los funcionarios de carrera deberán tomar posesión del puesto adjudicado, en el plazo establecido y en los lugares indicados en dicho nombramiento y se prestará en ese momento acto de acatamiento de la Constitución, y en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente, y del resto del Ordenamiento jurídico.

¿Y si he participado en un proceso selectivo por el turno de promoción interna?

De acuerdo con el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzoBOE, a los aspirantes que hayan participado por el turno de promoción interna se les puede adjudicar destino en el Ministerio u Organismo en el que estuvieran destinados, bien en el puesto que vinieran desempeñando o en otros puestos vacantes dotados presupuestariamente existentes en el municipio, siempre que sean de necesaria cobertura y se cumplan los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo. Esto está supeditado a que el interesado esté conforme y así lo solicite, a que lo proponga el Ministerio u Organismo en el que estuviera destinado el funcionario y que lo autorice el Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

Si se optase por permanecer en el puesto de trabajo o se aceptase una vacante, quedaría excluido de la oferta de destinos.

A partir de ese momento, el resto del procedimiento sigue los mismos trámites explicados anteriormente.

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