La Junta Central Suprema Gubernativa del Reino o simplemente Junta Central, se constituye en Aranjuez el 25 de septiembre de 1808 al calor del triunfo de la Batalla de Bailén y después de la decisión del Consejo de Castilla de declarar nulas las abdicaciones de los reyes Carlos IV y Fernando VII en la ciudad de Bayona, a favor de los Bonaparte.
Compuesta por los 35 presidentes de las Juntas Supremas de los antiguos reinos, la Junta Central asume el poder ejecutivo y legislativo tras la abdicación de Fernando VII desligándose por completo del Consejo de Castilla, órgano colegiado de la Administración Central que era considerado afrancesado.
La Junta Central ejercerá funciones de gobierno, promoverá las Cortes y proclamará la igualdad entre España y los territorios americanos el 22 de enero de 1809, al enunciar que los dominios españoles en las Indias no son propiamente colonias o factorías como los de otras naciones, sino una parte esencial e integrante de la Monarquía Española e invitando a los territorios americanos a que envíen representantes a sus reuniones.
En cuanto a la existencia de un sistema unicameral o bicameral se conjugan ambas opciones con una distribución por estamentos y las mayorías necesarias para la aprobación de las diferentes leyes.
Ante la falta de unanimidad se decide que una vez constituidas las Cortes, éstas decidieran todos los procesos, pero la invasión francesa de Andalucía es aprovechada para presionar y conseguir la disolución de la Junta Central y el nombramiento de un Consejo de Regencia. La convocatoria a Cortes está en marcha iniciando sus sesiones en Cádiz en septiembre de 1810.