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Valoración del Ministerio de Cultura y Deporte ante el Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional sobre la SGAE

18/06/2019

Ante la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional sobre la petición del Ministerio de Cultura y Deporte de autorizar la intervención temporal de la SGAE, el Ministerio constata que, en el Auto de la Sala, ésta no se considera competente para dirimir sobre esta materia y no entra a evaluar la cuestión de fondo sobre la pertinencia o no de la intervención.

“Los problemas que tenía la SGAE sin solventar los sigue teniendo”, ha dicho el ministro de Cultura y Deporte, José Guirao en una atención a medios en Lisboa. “El Auto rechaza autorizar la intervención del Ministerio por una cuestión formal, no de fondo”, ha explicado Guirao.

El Ministerio de Cultura y Deporte estudiará acudir a otras instancias judiciales si estos problemas no se resuelven cuanto antes y explorará todas las vías que la ley establece para garantizar el correcto ejercicio de su deber de supervisión sobre la actividad de las entidades de gestión colectiva.

“La vía que se nos presenta es acudir a otra vía judicial o retirar la autorización como entidad de gestión a la SGAE. Es algo que nunca hemos querido hacer”, ha señalado el Ministro, “y hemos optado por una vía moderada que pasara primero por los requerimientos y, cuando la SGAE no ha respondido adecuadamente a los mismos, hemos acudido a la vía judicial”.

Desde el 15 de julio de 2018 los estatutos de la SGAE no se ajustan a la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI). Por ello, el 27 de septiembre de ese año, el Ministerio apercibió a la entidad ante los incumplimientos legales detectados que, al no corregirlos, motivaron la petición de intervención temporal de la SGAE a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional el 15 de febrero de 2019. El apercibimiento permanece en vigor y siendo plenamente aplicable y la finalidad del mismo es corregir el incumplimiento de tres temas concretos, básicamente:

  • Aprobación de unos estatutos por la Asamblea General de la entidad de gestión que se adecúen a Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI).
  • Constitución de una junta directiva, a través de un procedimiento que respete todos los derechos de los socios, incluido el voto electrónico.
  • Adopción de un reparto de los derechos de propiedad intelectual por la comunicación pública de obras de su repertorio en televisión que se ajuste a la Ley, y en base a un reglamento de reparto previamente ratificado por la asamblea general.

Como el Ministerio de Cultura y Deporte ha venido manifestando en todo este tiempo, la SGAE es una entidad privada y desearía que se dieran las circunstancias para no necesitar acudir a otras instancias judiciales para solicitar que se autorice la intervención de ésta.

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